EL STALKING. “Una forma de atormentar por Internet.”
El “stalking” es un vocablo anglosajón que proviene del verbo
to stalk, cuya traducción al español es el acto de seguir, acechar o perseguir
sigilosamente a alguien.
Se puede describir como un cuadro psicológico conocido como
síndrome del acoso apremiante -el molestador apremiante- donde el afectado, que
puede ser hombre o mujer, persigue de forma obsesiva a otra persona. Estas
conductas se pueden conceptualizar como una forma de agresión mental en la que
el autor irrumpe de forma repetida, no deseada y perjudicial en la vida de la
víctima.
Cuando esta persecución, detrás de la que suele esconderse una
persona con un cuadro psicológico conocido como «síndrome del acoso
apremiante», se torna perpetua, entonces la persona acosada suele denunciar
ante la Policía.
Esta obsesión llega siempre inspirada por las ganas de hacer
daño, por despecho, venganza o mala relación.
Es bastante común que la situación de acoso se produzca
inmediatamente después de una ruptura sentimental, separación o divorcio, así
como que sea realizada por personas con dificultades para entablar relaciones
afectivas sanas y estables (Mullen et al., 1999).
El “stalking” es en nuestro Código penal un delito grave
condenado con pena de cárcel que, con la llegada de las nuevas tecnologías y
las redes sociales, se ha intensificado de manera exponencial hasta convertirse
en un delito habitual.
Los expertos afirman, que desde julio de 2015 el “stalking” ya
forma parte del ordenamiento jurídico penal español junto a otras figuras
relacionadas con el hostigamiento o el acoso como son en el “mobbing” -acoso
laboral- el “bullying” -acoso escolar-, el “grooming” -acoso sexual- y el
“blockbusting” -el acoso inmobiliario-.
En cualquier caso, citan los expertos, es preciso advertir
que, aunque el bien jurídico principalmente afectado por el “stalking” sea la
libertad, también pueden verse afectados otros bienes jurídicos como el honor,
la integridad moral o la intimidad, en función de los actos en que se concrete
el acoso.
Fuentes:
Francisco Javier Nistal
Érika Montañés
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